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Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación Artículo 62 Quáter Federal de México


Derogado

Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación Federal
Artículo 62 Quáter.

El titular del Órgano Interno de Control del Instituto será sujeto de responsabilidad en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y podrá ser sancionado de conformidad con el procedimiento previsto en la normatividad aplicable.

Tratándose de los demás servidores públicos adscritos al Órgano Interno de Control del Instituto serán sancionados por el Titular del Órgano Interno de Control, o el servidor público en quien delegue la facultad, en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Federal de México Artículo 62 Quáter Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Artículo 1 ...62 Bis 62 Ter 62 Quáter 62 Quinquies 63 ...68

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